Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: DECLINA POR FALTA DE COMPETENCIA FUNCIONAL la solicitud interpuesta por el ciudadano JOSÉ EDUARDO GUZMÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.953.811, domiciliado en la ciudad de Barinas estado Barinas, representado en este acto por el ciudadano LUIS ARTURO VILLAMIZAR DIAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16487967 según consta en instrumento PODER otorgado por ante la Notaría Pública Primera de Barinas estado Barinas en fecha seis (6) de septiembre de 2013, registrado bajo el N° 46, Tomo 229 de los libros de autenticaciones, de ENTREGA DE UN VEHÍCULO cuyas características son: CLASE: MARCA MAZDA, PLACA: A37AS2E, .....