este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: SIN LUGAR la solicitud presentada por la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico y en consecuencia DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el articulo 256 numeral 3° y 4° del COPP, en contra del ciudadano MIGUEL ALEJANDRO LEONES, Venezolano, titular de la cédula de identidad V-16.520.174, contentiva en la presentación periódica cada SIETE (07) días ante la sede de este Circuito Penal, así como la prohibición de salida del estado Falcón, por la presunta comisión del delito de EXTORSION, de conformidad con lo previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley contra el secuestro y la extorsión, cometido en perjuicio de la ciudadana LIBIA DEL CARMEN CASTILLO DE ORTIZ, titular de la cedula de identidad numero 9.....