este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud presentada por la Fiscalia del Ministerio Publico, en cuanto a la solicitud de una medida CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, y se decreta detención domiciliaria bajo apostamiento policial en la siguiente dirección: SANTA CRUZ DE BUCARAL, MUNICIPIO UNION, SECTOR PACHECO, CALLE PRINCIPAL, CASA SIN NUMERO, VIA COROZAL, PUNTO DE REFERENCIA BAR RESTAURANT SOL Y SOMBRA, RESIDENCIA DEL CIUDADANO DENIS SAUL EREU, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 7.880.365; de conformidad a lo previsto en el articulo 256 ordinal 1º por cuanto cumple los requisitos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el primer supuesto del artículo 259 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, niñ.....