este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley , Decreta: La Medida de privación Judicial Preventiva de libertad en contra de los ciudadanos ALENNY ALEXANDER LANDAETA, Venezolano, soltero, de 21 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° 20.256.639 residenciado en el sector 04, vía la represa, casa sin número, mene de mauroa, estado Falcón y ALEXANDER ANTONIO RODRIGUEZ COLINA, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.586.024, con domicilio en avenida Bello monte con calle falcón, casa sin número, Cabimas, estado Zulia, por considerarlos incursos en la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente en perjuicio del Ciudadano MARCOS JOSÉ VARGAS SANGRONIS.