DISPOSITIVO DEL FALLO:
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL EN LA PRESENTE CAUSA, efectuada entre los ciudadanos HENRRY GENARO RIVERO CAPOTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 15.471.762, domiciliado en la Calle Vía el Tubo, Fundo Tupure, en la Población de Las Calderas, Municipio Colina del estado Falcón, actuando con el carácter de Demandante, y los ciudadanos ANGEL DAVID ORTIZ ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 15.385.837, con domicilio en la calle Vía el Tubo, casa blanca sin número de la población de Las Calderas, Municipio Colina del Estado Falcón y el ciudadano NORVYTH ANTONIO COLOM.....