DISPOSITIVA.
En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA DE FIJACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por la MARISELA MARIAM MARCANO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.342.279, en contra del ciudadano MOMUN ALAMEL DIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-24.469.604, en beneficio a los niños XXXXX, por lo que el demandado de autos, ciudadano MOMUN ALAMEL DIN, deberá suministrar en lo sucesivo para sus menores hijos los niños XXXXX:
PRIMERO: Una cuota fija mensual por concepto de Obligación de Manutención por la cantidad de DOS.....