DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, existiendo un hecho Punible que merece pena corporal, cuya acción Penal no se encuentra evidentemente prescrita, que existen elementos de Convicción para estimar que el Imputado es el autor del mismo, RESUELVE: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud Fiscal de imposición de unas Medidas Cautelares, por lo tanto se Impone al ciudadano imputado MIBER ROLANDO TERAN PINEDA, no porta documentación personal, dice ser y llamarse como queda escrito, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 14.607.481, de 29 años de edad, nacido en fecha 13-09-79, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Chofer, hijo de Rosa Elvira Pineda y Orlando Terán, natural y residenciado en la Avenida Padre Daboin, esquina Calle 8, Casa S/N°, Albar.....