...evidencia el tribunal que desde el día 01 de Marzo de 2005, fecha en la cual la actora solicitó la citación por carteles, habiéndosele entregado el referido cartel en fecha 30 de Marzo de 2005, hasta el día de hoy, 05 de Abril de 2006, ha transcurrido más de un año, sin haber realizado la actora ningún acto tendiente a impulsar el proceso, el tribunal conforme lo ha establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y así se decide, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley. Suspéndase la medida antes decretada y hágase las participaciones a que haya lugar. Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Registro Principal del Estado Falcón, en la oportunidad que corresponda. Notifíquese a la actora de la presente decisión, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado .....