Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos FRANCISCO JOSÉ GOMEZ GARCÍA y LUIS FELIPE HERMOSO LUGO y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor de la ciudadana IRMA DEL CARMEN CALDERA DE SALAS, venezolana, mayor de edad, de 80 años, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V-1.428.378, de profesión u oficio ama de casa, domiciliada en la calle principal, sector Jadacaquiva, casa S/N, Parroquia Jadacaquiva del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurías anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto .....