DISPOSITIVO
Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con base en los artículos 21, 26, 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, articulo 7, 11, 12, 14, 15, 16, 202, 242, 243, 607 del Código de Procedimiento Civil, declara.
PRIMERO: CON LUGAR, el derecho al Cobro de Honorarios Profesionales por parte del Abogado YONEISE SIERRA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N° 9.522.395, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.001, por las actuaciones realizadas a favor del Fondo Estadal de Crédito Agrícola del Estado Falcón (FONECRA).
SEGUNDO: En consecuencia téngase como procedente el derecho reclamado cuya Estimación debe verificarse en la siguiente fase del proceso.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
DADO, FIRMADO Y S.....