Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos: NILBERT LIONEL CALDERON Y EDWIN JESUS PAZ, venezolanos, de 26 y 34 años de edad, Titulares de la cédula de identidad N° V-12.587.487 y V-10.701.562 respectivamente, residenciados el primero; en la Urbanización Cruz Verde, Bloque 05, Apartamento 005 y el segundo Urbanización Cruz Verde calle 2, sector 5, casa S/N, de esta ciudad de Coro Estado Falcón , con motivo de la comisión del delito de ROBO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos: WILLIAN DE JESUS QUINTERO REYES Y OSMEL RAFAEL REYES QUINTERO, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. .....