DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el Artículo 92 ordinal 8 de Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, al ciudadano HENRY JESUS MELENDEZ ARENAS, no porta documentación personal, dice ser de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 16.437.405, de 30 años de edad, nacido en fecha 24-04-79, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Chofer de Vehiculo Pesado, hijo de Henry Meléndez y Irma Arenas, natural de Punto Fijo Estado Falcón, domiciliado en la Calle Carnevalli, entre Nueva y el Barranco, Casa Nº 12, de color rosada, Punto Fijo, Estado Falcón, por la presunta comisión del Delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Articulo 42 de la Ley Orgáni.....