Decisiones del dia 14/12/2006
N° Expediente :
IP01-R-2006-000199
N° Sentencia :
S-N
Fecha: 14/12/2006
Procedimiento: Con Lugar Recurso De Apelación
Partes: ABOGADO JOEL RUIZ GARCIA, EN SU CONDICIÓN DE FISCAL QUINTO AUXILIAR DEL MINISTERIO PÚBLICO
Resumen:
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Representante del Ministerio Público, ABOGADO WILMER LUQUEZ LANOY, contra el auto dictado en fecha 22 de NOVIEMBRE de 2006, en el ASUNTO N° 2CO-S-010-2006, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal con funciones de Control de este Circuito Judicial Penal extensión Tucacas.
SEGUNDO: Se ordena que un Tribunal de Instancia distinto al que se pronunció en fecha 22/11/06 proceda a emitir la respectiva ORDEN DE ALLANAMIENTO solicitada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público, ABOGADO WILMER LUQUEZ LANOY en la fecha supra citada según oficio Nº FAL-5-1411.
Notifíquese. Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada de la Sala de Audiencias de las Corte de Apelaciones, a los 14 días del mes de diciembre del año 2006.
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Juez/Ponente:
Belkis Romero
Organo:
Corte de Apelaciones
N° Expediente :
IP11-P-2006-000294
N° Sentencia :
587
Fecha: 14/12/2006
Procedimiento: Auto Revocando Medida Cautelar Sustitutiva
Partes: VICTIMA: JOSE SANTIAGO DIAZ/ IMPUTADO: PEDRO PABLO LEAL GONZALEZ/FISCALIA SEXTA DEL MINISTERIO PUBLICO
Resumen:
Visto lo anterior, y tomando en cuenta lo establecido en el articulo 262, en el ordinal 3°, referente a la revocatoria de medidas por el incumplimiento de las mismas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, REVOCA, la medida cautelar impuesta al ciudadano PEDRO PABLO LEAL, antes identificado y se ordena su reclusión en la sede de la Zona Policial N°2, de POLIFALCON, y ya que el mismo se encuentra en los calabozos de este circuito judicial penal, notifíquese al mismo en la sede de este circuito. Remítase el presente auto, como actuación complementaria a la fiscalía sexta del ministerio publico a los fines de que sea agregado al asunto principal que reposa en ese despacho. Librese oficios al Comandante de la Zona Policial N°2 y al tribunal Primero de Juicio de este circuito, en virtud de que el mismo se lleva juicio en contra del ciudadano antes mencionado. Cúmplase con lo ordenado.
Juez/Ponente:
Victor Rolando Molina
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control
N° Expediente :
IP01-R-2006-000107
N° Sentencia :
S-N
Fecha: 14/12/2006
Procedimiento: Admite Recurso De Apelación
Partes: ABOGADOS JOSÉ GREGORIO GÓMEZ Y NOE ACOSTA, EN SU CARÁCTER DE DEFENSORES PRIVADOS
Resumen:
Por tanto, en atención a lo antes motivado y tal cual lo pauta el artículo 437 del Código Adjetivo Penal, estrictamente relacionado con el artículo 450 ejusdem ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por la Autoridad que le Confiere la Ley, declara:
Primero: ADMITE el recurso de apelación de autos interpuesto por los Abogados José Gregorio Gómez y Noe Acosta, en su carácter de Defensores Privados del imputado Carlos Eduardo Gómez Quiva; imputado en la causa principal signada con el Nro IP01-P-2005-007262, contra del auto dictado por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 30 de mayo de 2006, con ocasión a celebración de Audiencia oral de presentación fijada y celebrada en ese mismo día, en la que el mencionado despacho judicial decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad a su defendido; y así se decide.
Segundo: Se acuerda oficiar al Tribunal a quo, d.....
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Corte de Apelaciones
N° Expediente :
IP01-R-2006-000186
N° Sentencia :
S-N
Fecha: 14/12/2006
Procedimiento: Admite Recurso De Apelación
Partes: ABG. TULIO ENRIQUE MENDOZA ARIAS, EN SU CARÁCTER DE DEFENSOR PRIVADO
Resumen:
Por tanto, en atención a lo antes motivado y tal cual lo pauta el artículo 437 del Código Adjetivo Penal, estrictamente relacionado con el artículo 450 ejusdem ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en Sala Accidental, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, declara: Primero: ADMITE el recurso de apelación de auto interpuesto por el Abogado Tulio Enrique Mendoza, en su carácter de Defensor Privado de los Ciudadanos Maria Guadalupe Linares, Gregori Jesús Lugo Linares y Jesús Rafael Lugo Linares; imputados en la causa principal signada con el Nro 2CO-025-2006, contra del auto dictado por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Tucacas, en fecha 21 de octubre de 2006, con ocasión a solicitud presentada por el referido abogado, en la que el mencionado despacho judicial declaro improcedente la solicitud de libertad de los Ciudadanos Maria Guadal.....
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Corte de Apelaciones