Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, PRIMERO: DECRETA la Medida Privativa Judicial de Libertad del imputado, PEDRO ANTONIO MENDEZ, de nacionalidad venezolano, Titular de la cédula de identidad N° 20.296.894, 18 años de edad, de estado civil soltero, hijo del ciudadano desconoce y la ciudadana Minerva Méndez, residenciado en Km. 7, Estacionamiento Occidente, al lado del Palacio del Chivo, casa de color azul, No. 20 de esta ciudad de Coro, profesión u oficio obrero, fecha de nacimiento 14-10-, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULOS Y PORTE ILICITO DE ARMAS, previstos y sancionados en los Artículos 5º de la Ley sobre Robo y Hurto de Vehículos Automotores y el Artículo 277 del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano LORENZO MEDINA. SEGUNDO: La presente causa se llevara por el Procedim.....