DISPOSITIVO DEL FALLO
Por todos los argumentos anteriormente señalados, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base en los artículos, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución Nacional de la Republica y 12, 14, 242, 243, 506, 507, 509 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: RECONOCIDO EL CONTENIDO Y LA FIRMA del Ciudadano José Manuel Ruela Tabaré, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 7.496.611, estampada en el documento privado de fecha 6 de septiembre de 1999 y suscrito en esta ciudad de Santa Ana de Coro, marcado con la letra "B" en la presente causa, que dio origen al presente proceso, suscrito por las partes, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 444 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: Se CONDENA en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencido en el presente pr.....