En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la abogada Juluimar Duno, como apoderada de DOHANY JESUS GUANIPA PEROZO, contra la sentencia de fecha 16 de octubre de 2008, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, actuando en sede civil, y mediante la cual declaró con lugar la tercería de dominio exclusivo ejercida por el BANCO DE VENEZUELA S.A.C.A. BANCO UNIVERSAL, con motivo del embargo preventivo ejecutado sobre el vehículo marca Chevrolet, modelo CHEYENNE, tipo PICK UP, color BLANCO, placas: 40UABI, SERIAL DE CARROCERIA: 8ZCEC14T75V341720, SERIAL DEL MOTOR: 75V341720, con motivo, a su vez, del juicio que por cobro de bolívares sigue la apelante contra el ciudadano José Guerrero Bueno, representado por el abo.....