Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: SE REVISA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD impuesta al ciudadano JUAN VICENTE CONTRERAS ABSOLUTA, venezolano, mayor de edad, de 27 años, portador de la cédula de identidad V-16.354.366, casado, ocupación Técnico Superior en Seguridad de la Guardia Nacional, (Militar), fecha de nacimiento 15.08.1983, domiciliado en Urbanización El Caujaro, casa Nº 2, calle 110, San Francisco, Estado Zulia, teléfono: 0424-654.43.39, manifiesta saber leer y escribir, por la presunta comisión de los Delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en el artículo 5 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el articulo 6 numerales 1, 2, .....