este Tribunal Segundo de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, conforme a sus atribuciones y competencia previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano OTTO DANIEL MIRANDA SOSA, C.I. 13.108.161, venezolano, estado civil soltero, de edad 30 años de edad, fecha de nacimiento 22-09-1977, de profesión u Oficio Ayudante de Mecánico, domiciliado en Barrio Domingo Hurtado, calle Libertad, casa s/n, de color azul con rejas negras, de la entrada la 6 casa a mano derecha entrando a la urbanización, Pto. Fijo, estado Falcón, hijo del ciudadano Ottoniel Miranda Maldonado y la ciudadana Solanda Isabel Carballo Sosa, por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de Un (01) año de Prisión, por la comisión del delito de: Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sa.....