Por todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, (Expediente N° 1.947-2.003), seguido por ante este Tribunal por la ciudadana YARELIS MARÍA LEAL YBAÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.066.565, domiciliada en esta ciudad de Coro, Estado Falcón, debidamente asistida por el Abg. ALIRIO PALENCIA DOVALE, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.018, con domicilio procesal en la Calle Churuguara N° 119 entre Colina e Iturbe, en esta ciudad de Coro, Estado Falcón, en contra de la Empresa GANCHI STOP, en la persona de su Representante Legal Ciudadano TARCISIO ROJAS ROBERTI, venezolano, mayor de edad, Gerente de la prenombrada sociedad, con domicilio en la siguiente dirección Calle Garcés entre Bolívar y Comercio en esta Ciudad de Coro .....