Vistos todos los documentos públicos producidos con los que se consideran los extremos legales de la Ley. Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA, suficientemente al ciudadano: WILMER RAFAEL MOLINA GUANIPA, titular de la cédula de identidad Nº 9.811.269, padre de los niños: (Se omiten nombres conforme al artículo 65 de la LOPNNA), para que en nombre de éstos, proceda a tramitar el cobro de las cantidades de dinero que le pertenecen por concepto de prestaciones laborales y demás beneficios e indemnizaciones contempladas en la Ley Orgánica del Trabajo, ante el referido Ministerio, Instituto Venezolano de los Seguros Sociales y demás entidades e Instituciones Competentes, y derechos que pudieran existir por can.....