Seguidamente la ciudadana Jueza, escuchadas como han sido, las exposiciones, alegatos y peticiones de las partes, y analizadas en concatenación a las actas que conforman el presente asunto, este Tribunal pasa a decidir: ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DE CORO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA : PRIMERO: CON LUGAR la solicitud Fiscal en relación al adolescente: JUAN JOSE RINCÓN CALDERA, titular de la cédula de identidad: 26.626.158, por estar presuntamente incurso en el delito de USO DE FACSIMIL, previsto y sancionado en el articulo 114 de la Ley para el Desarme y Control de armas y Municiones, y DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LA PRIVACION DE LA LIBERTAD, previstas en el Articulo 582, literales "b" consistente en la vigilancia y control de sus representantes, "F" consistente en la prohibición de reunirse con personas de dudosa reputación y "H".....