Por las razones anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio por ACCIÓN REIVINDICATORIA propuesto por la ciudadana MARIA GRICERDA SEQUERA SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 8.611.984 y domiciliada en la carretera Panamericana, vía San Felipe, Parroquia Morón, Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo en contra de los ciudadanos JUNIOR CAMPOI y JOSÉ FERRELI SÁNCHEZ, ambos sin mas datos de identificación, domiciliado el primero en el Barrio Tres de Mayo, calle Plaza, Parroquia Morón, Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo y el segundo en el Barrio Tres de Mayo, calle Bolívar, Parroquia Morón, Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, a tenor de lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento C.....