Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circulo Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano William Clemente Perozo, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.788.442, concubino, nacido en fecha: 23-11-1958, de profesión obrero, hijo de Efrén Díaz y Ana de Díaz, residenciado en el Caserío Tiraya, calle las salinas, casa sin pintar, detrás de la escuela Grupo Escolar Tiraya, por la presunta Comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, prevista y sancionada en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, concatenado con el artículo 84, ordinal 2 y 3, del Código Penal. en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con el articulo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Pen.....