Por todos los razonamiento antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: Con lugar la solicitud presentada por el Fiscal Décimo del Ministerio Público de Estado Falcón Abogado NELSÓN GARCÍA, representado en la audiencia por el ciudadano Abogado FREDDY FRANCO Fiscal encargado y, en consecuencia, se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de los acusados JOSÉ VIRGILIO BRAVO ACURERO, HOO ENRIQUE WONG y ANGEL ACEVEDO, quienes son venezolanos, titulares de la cédula de identidad N°s 10.454.282, 14.736.571 y 11.284.126, naturales y residenciados en la ciudad de Maracaibo, de 30, 33 y 30 años respectivamente, sub-inspector de la Policía Municipal de Maracaibo, Comerciante y Agente de la Policía Municipal de Maracaibo, en su orden, por el lap.....