Por todos los argumentos y consideraciones explanadas, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la solicitud fiscal con relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia le decreta la LIBERTA PLENA, de conformidad con los artículos 8, 9, 229 del Código Orgánico Procesal Penal, 44 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 548 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y se ordena proseguir la causa por el prcedimiento ordinario conforme lo ha solicitado la representación fiscal. Y con respecto al ciudadano YON LEIWIS SALAS ARIAS, DECLINAR LA COMPETENCIA en el Tribunal competente, en consecuencia, se ordena remitir copias certificadas de las presentes actuaciones C.....