En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Glomelys Arias Medina, en su carácter de apoderada de la ciudadana VALENTINA PEREIRA DE ALVES, mediante diligencia de fecha 26 de septiembre de 2014.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia interlocutoria de fecha 19 de septiembre de 2014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, se declara CON LUGAR la oposición de la cuestión previa prevista en el ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de FRAUDE PROCESAL, seguido por el ciudadano OSCAR RODRÍGUEZ DOS SANTOS, contra la apelante y el ciudadano CARLOS MAN.....