Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN extensión Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede al penado DELFIN LEONARDO POLANCO, venezolano, de 54 años de edad, nacido en fecha 18-12-1952, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.293.295, Criador, natural San José de Seque, y domiciliado en el Sector Rinconcito, casa S/N, Municipio Buchivacoa, Estado Falcón, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal.
A tal efecto, ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, a los fines de que le sea designado DELEGADO DE PRUEBA, al señalado penado, que lo supervise durante el régimen de prueba impuesto. Se acuerda igualmente fijar para el día Dieciséis (16) de Mayo de 2007, a las 11:00 de la mañana, .....