Por los razonamientos antes expuestos y en acatamiento a las normas antes citadas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCÓN Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE A RAZÓN DE LA MATERIA para conocer de la presente demanda que por DISOLUCION DE COMUNIDAD CONYUGAL incoara la Ciudadana YUDITH JOSEFINA SANTOS ARTEAGA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.582.392, domiciliada en la Calle San Juan Bautista entre Calles Bolívar y Colina de la Población de Buenavista, Parroquia Buenavista, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, asistida por el abogado en ejercicio URBANO JOSE MORENO MARIN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 39.442, contra el Ciudadano FRANCISCO ANTONIO DIAZ BORGES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.752.389, domiciliado en la Calle P.....