ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DE CORO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA : PRIMERO: CON LUGAR la solicitud Fiscal, en relación al HENRY ALBERTO CHIRINOS LOPEZ, y en consecuencia se le decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de conformidad con el articulo 582 literales "B, "C", "F" y "H" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y adolescentes, consistente en la presentación cada 15 días por ante esta sede judicial y la obligación de mantenerse activo en el sistema educativo debiendo consignar por ante este despacho constancia de estudio, estar estrictamente bajo la supervisión de su representante legal y no reunirse con personas de dudosa reputación, por estar presuntamente incurso en el delito de POSESION DE MUNICIONES, tipificado en el artículo 111 de la Ley Para El Desarme y Control de Armas y Municiones.