esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE los recursos de apelación interpuestos EL PRIMERO de ellos por el Abg. José Rafael Lastra, plenamente identificado, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos Willian José Lugo Velázquez, Rafael Antonio Sanoja Araujo y Gustavo Enrique Méndez Pérez, previamente identificado; Y EL SEGUNDO de ellos interpuesto por el Abg. Víctor Rivas Ortega, plenamente identificado, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos Willian José Lugo Velázquez, Rafael Antonio Sanoja Araujo y Gustavo Enrique Méndez Pérez, previamente identificados, ambos recursos intentados en contra auto publicado por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, el día 25 d.....