En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Verificados como han sido las condiciones impuestas por este Tribunal al ciudadano JAIME AMZONI RAMIREZ RICARDO, de conformidad con lo establecido en el articulo 46, del Código Orgánico Procesal Penal reformado, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del imputado de autos, JAIME AMZONI RAMIREZ RICARDO, (No porta documentación personal), venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.552.191, nacido en fecha 02-09-1990, de 20 años de edad, estado civil soltero, grado de instrucción 6to grado, de oficio soldador, hijo de Editrudis Ricardo Arrieta y Jaime Felipe y domiciliado en Sector Universitario, urbanización Francisco de Miranda 2, Calle los Jardines, Casa 12, Punto Fijo Estado Falcón, por.....