DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÒN EXTENSIÒN PUNTO FIJO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al ciudadano: JAIME RAMON ARIAS POLANCO, venezolano, natural de esta ciudad, de 41 años de edad, nacido en fecha 06/02/1971, casado, de profesión u oficio soldador, con residencia en la Avenida Bella Vista, casa Nº 14 del Sector Bella Vista, de esta ciudad, cruzando con la licorería uno pa todos, titular de la cedula de identidad numero V-10.612.099; a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 16 DEL CÓDIGO PENAL, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, en grado de COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal n° 2 del Código Penal, concatenado articulo 83 del Código Penal, en perjuicio .....