Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL, Y EN CONSECUENCIA ACUERDA FIJAR UNA PRORROGA DE DIEZ (10) DIAS A LA REPRESENTACION FISCAL para que presente un acto conclusivo contados a partir del día 06 de Abril del año 2005, en el presente asunto, seguido contra el ciudadano LEONARDO JOSE ZARRAGA VENTURA, titular de la Cédula de Identidad 18.294.566, nacido en fecha 11/05/1983, de ocupación vigilante, domiciliado en la calle 03, casa N° 5, cerca de la escuela Regina Pía de Miranda, casa de color verde, del sector la Cañada, Coro, estado Falcón, por la presunta comisión de los delitos de Violación y uso indebido de arma de fuego previsto y sancionado en el artículo 375 y 282, en concordancia con el ordinal 3° del Artículo 380, todos del Código Penal venezolano, en perjuicio .....