Por cuanto el Tribunal observa que dicha demanda no es contraria al orden publico a las buenas costumbres o/a disposición expresa de la Ley alguna ADMITE, la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OBRA, presentada por el Ciudadano abogado FRANCISCO A. SANGRONIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No 9.514.701, domiciliado en Santa Ana de Coro, Estado Falcón, inscritos en el I.P.S.A. bajos los Nros. 35.942, actuando en su carácter de representante legal de la CAJA DE AHORRO Y PRESTAMO DEL INSTITUTO DE TECNOLOGIA ALONSO GAMERO (CAPIUTAG), inscrita por ante la OFICINA SUBALTERNA DE REGISTRO DEL DISTRITO MIRANDA DEL ESTADO FALCON, bajo el nro. 23, folio 77 al 84, Protocolo Primero, Tomo 3ª, de fecha 25-10-1973, siendo la ultima modificación en fecha 12-02-2008, bajo el nro. 34, folios 260 al 264, protocolo Primero, Tomo Sexto, Primer Trimestre, según poder que acompaño marcado con la Letra A, cont.....