REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO: 01 de Noviembre de 2006
ANOS 196° y 147°.
Vista la anterior solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y sus recaudos anexos, presentada por los Ciudadanos Pastor Manuel Rodríguez Figueroa y María Eugenia García Mariñez, Venezolanos, ingenieros, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 12.935.176 y 13.723.777, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, asistidos por el Abogado Manuel Urbina Villavicencio, Inscrito en Inpreabogado bajo el N° 60.195, désele entrada fórmese Expediente, numérese y tómese razón en los libros correspondientes, por cuanto la misma no es contraria al orden público, ni a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la Ley, y por cuanto se da cumplimiento a lo preceptuado por el .....