Por todos los argumentos anteriormente señalados, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base en los artículos, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución Nacional de la Republica y 12, 14, 242, 243, 506, 507, 509 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA POR DESALOJO DE INMUEBLE ARRENDADO, incoada por el Abogado Jesús Elvidio Vivas Padilla, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 18.999, en su condición de Apoderado Judicial de la ciudadana MARIA ODETTE FREIRE DA SILVA, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad, comerciante, titular de la cedula de identidad N° E.- 110.719, en contra de la ciudadana CATALINA HERNANDEZ DE CARDONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.486.052, representada por el Abogado en ejercicio, Ramón Segundo Ruiz Montero, inscrito en el Inpreab.....