Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA LA SENTENCIA CONDENATORIA, que condenó al ciudadano WILLIAN JOSE OLIVERA COLINA, de nacionalidad venezolano, natural de Punto Fijo estado Falcón, de 28 años de edad, nacido en fecha 02/11/1984, soltero, de profesión u oficio obrero, con residencia en Barrio la Rosa, calle cuba con Granadillo, casa sin número, de esta de Punto Fijo Estado Falcón, titular de la cedula de identidad numero V-18.005.180, hijo de William José Olivera y Cruz María Colina, teléfono Nro 0412-7899777, a cumplir la pena de NUEVE (9) AÑOS Y NUEVE (9) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del código penal, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del cód.....