Este Tribunal de Tercero de Primera Instancia actuando en funciones de de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley considera ajustado a Derecho en virtud de lo preceptuado en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal Decreta a la ciudadana CARMEN EMILIA VALLES AMAYA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 25.010.401, de 18 años de edad, nacido en fecha 12-06-1992, de profesión u oficio del hogar, natural de Punto Fijo, residenciado en Sector Ezequiel Zamora, casa s/n; callejón San Francisco, al frente de la Escuela, Hijo de Tulio José Valles y Flor Maria Díaz Amaya, grado de instrucción sexto grado, Teléfono 0426-9228273, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal, en agravio del ciuda.....