CON LUGAR la acción de DIVORCIO (Art. 185-A), intentada por la ciudadana ALEXANDRA MERCEDES PEÑA TOYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.349.325, domiciliada en la ciudad de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, asistida por el Abog. Juan Alexander Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 167.069, en contra del ciudadano EUDES JOSÉ NAVAS PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-15.917.112. En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL existente entre los ciudadanos ALEXANDRA MERCEDES PEÑA TOYO y EUDES JOSÉ NAVAS PIÑA, contraído por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Las Calderas, Municipio Colina del estado Falcón, en fecha 09 de octubre de 2001, según Acta levantada bajo el Nº 09.