Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD Y MEDIDA CAUTELAR establecidas en los artículos 87 numeral 5 y 6 Y articulo 92 numeral 8° de la Ley de Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, consistentes en la prohibición para el imputado de autos, de acercarse al sitio de trabajo, estudio y lugar de residencia de la víctima por si o a través de un , medidas que deben ser cumplidas por el ciudadano JOSE ANTONIO JIMENEZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad V-25.127.959, de 20 años, , ocupación MECANICO , fecha de nacimiento 28/09/1991 ,residenciado en Municipio Buchivacoa, sector OBELISCO casa sin numero ,al lado d la escuela el Suoblette, est.....