Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA, a favor del ciudadano RENNY RAFAEL CORDERO AMAYA, venezolano, mayor de edad, natural de Punto Fijo estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº V-5.586.334, de 52 años de edad, nacido en fecha 19-05-1958, de profesión u oficio: comerciante, hijo de Julio Cesar Cordero Marín y María Magdalena Amaya de Cordero, domiciliado en calle México, entre calles Zamora y Girardot, casa Nº 50 de Punto Fijo, por haber cumplido la totalidad de la condena impuesta en la causa penal Nº IP11-P-2010-000871. Como consecuencia de la anterior declaratoria ACUERDA PRIMERO: Notificar a la Dirección de Prisiones del Ministerio del Poder Popular para Interior y Justicia, al Consejo Nacional El.....