PARTE DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 376 y 367 del Código Orgánico Procesal que rige esta materia CONDENA Al CIUDADANO: HERNAN JESUS COLINA GOTOPO; Venezolano, natural de Punto Fijo Estado Falcón, nacido en fecha 07-09-1987, de 24 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-19.648.139, de estado civil Soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Hernán Colina y Leída Gotopo, residenciado en el sector Punta Cardòn, avenida Andrés Bello, casa Nº 22, de Punto Fijo, estado Falcón, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, SEIS (06) MESES Y SIETE (07) DÌAS, de prisión, y así como las accesorias de Ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano, pena.....