este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, NIEGA, la fórmula anticipada de cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO, solicitada por el penado ALEXANDER JOSÉ TAÑAVERA, Venezolano, mayor de edad, de 25 años, soltero, zapatero, nacido en Coro, residenciado en el sector La Cañada detrás de Macorro, casa sin número, no posee cedulación, quien fue sentenciado a cumplir la pena de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, por la comisión del delito de Robo Simple, ello por no cumplir de forma concurrente con los requisitos establecidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, así como las exigencias del artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario.