Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al ciudadano HUMBERTO PETIT ARENAS, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 21667172 fecha de nacimiento 22/10/1991, de 22 años de edad, domiciliado en el barrio La Cañada, calle Sur, a dos casas de la bloquera del señor Víctor, teléfono: 04263230965 y 04162239625 propiedad de su padre, hijo de Humberto Petit y Zully Arenas, manifestó saber leer y escribir, grado de instrucción bachiller, actualmente cabo 1° del Ejercito Nacional, de conformidad a lo previsto en los artículos 8, 9 y 229 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena la prosecución por el procedimiento ordinario a los fines consiguientes.- Y ASI SE DECIDE.- Publíquese, Re.....