Vista la CONCILIACION lograda entre los ciudadanos; MARIELBA JOSEFINA REYES MEDINA, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de Identidad N° 24.928.616, domiciliada en el Sector 9 DE Octubre de la población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, madre de los niños de nombre : XXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXXX por OBLIGACION DE MANUTENCION, contra : AURELIO DE JESUS OJEDA PIÑA, mayor de edad, venezolano, Chofer, titular de la cédula N° 16.840.853, domiciliado en el Sector 9 DE Octubre de la población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, suscrita por ante este Tribunal con competencia en la materia de Protección del Niño y del Adolescente con sede en esta población de Churuguara, Municipio Autónomo Federación del Estado Falcón, cursante al folio (12) del presente expediente, este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en Nombre de la Rep.....