Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros, declara procedente de conformidad con el procedimiento consagrado en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, la rectificación de la acta de nacimiento del ciudadano JOSE ANGEL STRIPPOLI DIAZ, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-10.212.222, el cual consiste en error material, asentado en el libro duplicado de nacimientos correspondientes al año 1967, acta Nº 476, Registro Civil del Municipio Los Taques del Estado Falcón y del Registro Principal del Estado Falcón, en el que aparece registrado el nombre y apellido del padre del solicitante como " GUISEPPE STRIPOLI", siendo este incorrecto, .....