En consecuencia, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal, extensión Punto del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, declara ejecutada la presente Sentencia condenatoria dictada en contra del penado JULIO CESAR REINOSA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° 16.836 439, de 26 años de edad, nacido en fecha 09-04-83, de profesión pescador, hijo de Maritza del Carrmen de Reinosa y Jesús Manuel Reinosa, domiciliado en la Urbanización San Francisco, avenida 09, calle 06, casa s/n, detrás del Mercado de Mayoristas Mercaval de Barquisimeto, estado Lara, Teléfono: 0426-8530410 y 0424-8547539., condenado a Cumplir una pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUTRACION, previsto y sancionado en el Artículo 453 ordinal 4º, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano, LUIS.....