, este Tribunal Primero (1) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito Judicial con competencia en delitos de violencia contra la mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en aras de Garantizar el Interés Superior del Niño, Niña y adolescente; administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA REVISION DE MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD; por cuanto este Juzgado considera que NO han variado las circunstancias de tiempo, modo y lugar que dieron origen a la medida privativa de libertad, dictada en su oportunidad; y en consecuencia, se mantiene la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre el Imputado JOSE IGNACIO CAMPOS ULACIO, identificado en las actuaciones. Déjese copia, Regístrese, Publíquese, Diarícese Notifíquese y cúmplase.-