En consecuencia, este tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial penal, extensión Punto del Estado falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara abandonada la Acusación Privada, incoada por el ciudadano. JORGE ENRIQUE ORTÌZ MORILLO, venezolano, mayor de edad, casado titular de la cédula de identidad Nº V-7.565.467, con domicilio en Barrio Andrés Eloy Blanco, Calle Arias Nº 2, entre Avenida Bolívar y Final de la Brasil, Punto Fijo Estado Falcón, y asistido del abogado. JOSÈ RUFO CONTRERAS Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.020.015, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 78.694., identificado plenamente en el escrito; en contra de ENRRIQUETA LOIDA PIRONA GÒMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.572.982, de este domicilio y, residenciada en Calle Perú del Barrio Industrial. Punto Fijo Estado Falcón, por ser esta temeraria. Todo de conf.....