Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL efectuado de manera conjunta por los ciudadanos JORGE MANZANILLO BRICEÑO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.108.816, domiciliado en la Calle Las Flores Nº 17, Sector El Cardon, Municipio Carirubana del Estado Falcón y NEREIRA LUCIA SUAREZ CASTRO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.788.486, domiciliada en la Calle Santa Cruz, Nº 30, del sector Creolandia, Municipio Los Taques del Estado Falcón, en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos, dándosele el carácter de cosa juzgada, y en consecuencia:
PRIMERO: Se adjudica a la ciudadana NEREIRA LUCIA SUAREZ CASTRO la propiedad sobre los bienes constituidos por: 1) Una bienhechuría o c.....